Ingreso digital de oficios - art. 8°, Ley 25.344

Instrucciones para presentar la comunicación que dispone el art. 8° de la Ley 25.344

Rápido Gratuito 100% Digital

Acá podes seguir los pasos correctos para realizar la presentación de oficios

¿A quién está dirigido?

A todo interesado en cumplir con la comunicación de oficios Ley N°25.344

¿Cómo ingreso?

Ingresar a la carga del formulario mediante el botón ALTA PRESENTACIÓN

¿Cómo hago?

1

Es obligatorio ingresar todos los datos contenidos en el formulario

2

Si elegís / seleccionas "sin contenido económico" o "monto indeterminado", no podrán completarse los campos “moneda” ni “fecha de monto”

3

Si el archivo que contiene la demanda incluyera la prueba documental, tenés que seleccionar el casillero "incluye documental" y no ingresar ningún archivo en el campo "Documental"

4

Si la prueba documental fuera demasiado voluminosa para ingresarse por este medio digital, para continuar, tenés que tildar "Presentación física". Luego, deberás presentar la prueba documental en la Mesa de Entradas de la Procuración del Tesoro de la Nación (sita en la calle Posadas 1641 de C.A.B.A. en el horario de 09 a 17 horas)

Se encuentra suspendida la presentación con motivo de la Cuarentena por COVID19.

5

Deberás cumplir con el ingreso del “Formulario de Declaración Jurada Decreto N° 201/2017”, tal como lo requiere el artículo 2° de la Resolución 13-E/2017 de la Procuración del Tesoro de la Nación.

¿CÓMO OBTENER LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO?
  • Una vez completado el formulario al presionar el botón “GUARDAR PRESENTACIÓN”, el sistema envía automáticamente un mensaje a la dirección de correo electrónico consignada. Importante: este mensaje solo tendrá como finalidad la de confirmarle al usuario el ingreso inicial de la presentación.
  • La constancia de cumplimiento de la comunicación prevista en el art 8° de la Ley 25.344 la enviará al Tribunal interviniente, la Procuración del Tesoro de la Nación vía DEOX, una vez que haya revisado la presentación y constatado el debido cumplimiento de la normativa vigente. Caso contrario, a través de un correo electrónico, se hará saber que el trámite no pudo ser debidamente registrado por las razones que allí se informarán.
  • En los tribunales provinciales no federales que no utilizan el sistema DEOX, la acreditación de cumplimiento del art.8° Ley N° 25.344 continuará a cargo del presentante y no de la Procuración del Tesoro de la Nación.
  • En caso que se haya marcado "Presentación física", la constancia de cumplimiento se emitirá sólo después de recibida la documental en soporte papel en las oficinas de la Procuración del Tesoro de la Nación.
Presentación física suspendida durante la Cuarentena COVID19.

¿Consultas?

En caso de dudas y/o consultas, por favor lea atentamente la sección Preguntas frecuentes. Si no encontrare allí la respuesta a su inquietud, podrá enviar un mensaje a través de la sección Contacto.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito