¿Quiénes pueden dar Alta de Presentación?       

    
    
      
Todo interesado que deba cumplir con la comunicación del artículo 8° de la Ley N° 25.344.
    
  
    
      

        ¿Debo registrarme cómo usuario?       

    
    
      
No.
    
  
    
      

        ¿Se puede usar desde cualquier navegador de internet?       

    
    
      
Sí.
    
  
    
      

        ¿Qué datos y documentación tengo que tener disponible previo a dar alta a una presentación?       

    
    
      
Los datos de carátula, número de expediente, radicación, fecha de inicio, nombre, apellido y documento del presentante y del abogado de la contraria y los siguientes archivos escaneados: 1) el oficio, 2)la demanda 3)la prueba documental 4) la declaración jurada del decreto 201/17. Sólo la prueba documental puede estar escaneada junto con la demanda; los restantes en archivos independientes.
    
  
    
      

        ¿Con qué formato y tamaño puedo subir los archivos?       

    
    
      
Los archivos aceptados son : pdf - jpeg - png - tiff – gif con un máximo de 20 MB.
    
  
         
      
Para el caso que el archivo de la prueba documental tenga un volumen superior al aceptado, deberá tildarse “Presentación Física” y presentarla en papel, en las oficinas de la Procuración del Tesoro de la Nación (Posadas 1641 de 8 a 17 hs). La constancia de cumplimiento se emitirá sólo después de recibida la documental en soporte papel y verificados los archivos restantes.
Mientras dure la Cuarentena en virtud del COVID19 quedará suspendida la Presentación Física
    
  
         
      
No. Solo se permite un archivo por ítem. Si agrego dos o tres archivos en el mismo rubro, la plataforma solo tomará el último.
    
  
    
      

        ¿Puedo ver, editar y/o imprimir la presentación luego de darle “Guardar”?       

    
    
      
No. Una vez que consigné “Guardar” y la plataforma no me solicitó completar algún dato faltante; ya no puedo volver. Aparecerá una nueva pantalla que dirá que el Juicio fue guardado y contendrá sólo los datos de carátula.
    
  
    
      

        ¿A través de qué medio recibiré información sobre la presentación?       

    
    
      
Exclusivamente por correo electrónico de la Mesa de Entradas PTN a la dirección que consigné en el alta de presentación.
    
  
    
      

        ¿Qué debo hacer si no recibo ningún correo electrónico luego de guardar la presentación?       

    
    
      
Verificar la dirección, consultar el correo no deseado y el estado del servidor y si el correo no llega, enviar un mensaje a “Contacto” con los datos del juicio.
    
  
         
      
Verificar la dirección, consultar el correo no deseado y el estado del servidor y si el correo no llega, enviar un mensaje a “Contacto” reenviando el primer correo recibido.
    
  
    
      

        ¿Qué debo hacer si mi presentación fue rechazada?       

    
    
      
Dar “Alta de Presentación” nuevamente con todos los datos y archivos requeridos.
    
  
         
      
La Procuración del Tesoro de la Nación informará al Tribunal interviniente el cumplimiento de la comunicación del artículo 8° de la Ley 25.344 vía DEOX y luego se lo hará saber por correo electrónico. En el caso de los Tribunales provinciales no federales deberá realizar la acreditación en el Tribunal con la constancia de presentación aceptada.